Libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros públicos


04 Jun, 2024

Orden de 16 de mayo de 2024 por la que se regula el libramiento de fondos para la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2024/2025.

  • Serán destinatarios del libramiento de los fondos para la dotación de libros de texto, los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial.
  • Serán destinatarios del libramiento de los fondos para la dotación de material escolar y didáctico, los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas Segundo Ciclo de Educación Infantil.
  • El plazo para la solicitud del libramiento de fondos será de treinta días hábiles. Los centros educativos que inicien su actividad en el curso 2024/2025, podrán presentar sus peticiones y documentación hasta el 30 de septiembre de 2024.