- Serán destinatarios del libramiento de los fondos para la dotación de libros de texto, los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial.
- Serán destinatarios del libramiento de los fondos para la dotación de material escolar y didáctico, los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas Segundo Ciclo de Educación Infantil.
- El plazo para la solicitud del libramiento de fondos será de treinta días hábiles. Los centros educativos que inicien su actividad en el curso 2024/2025, podrán presentar sus peticiones y documentación hasta el 30 de septiembre de 2024.