Criterios de desempate baremo de méritos
Prioridad | Criterio | Comentarios |
1 | Puntuación total. | |
2 | Puntuación total de cada apartado en el orden en que aparecen en el baremo (1, 2, 3). | En ningún caso podrá superar el máximo expresamente asignado. |
3 | Puntuación de cada subapartado de segundo nivel en el orden en que aparecen en el baremo (1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 2.1, 2.2, 2.3, 2.4, 2.5, 3.1 y 3.2). |
En ningún caso podrá superar el máximo expresamente asignado a su propio subapartado en la convocatoria (subapartado 3.2). La puntuación acumulada junto a las de los subapartados anteriores que pertenecen al mismo apartado tampoco podrá superar el máximo asignado a dicho apartado al que pertenece, siendo recortado a dicho máximo si fuese necesario. |
4 | Puntuación de cada subapartado de tercer nivel en el orden en que aparecen en el baremo (2.2.1, 2.2.2, 2.2.3, 2.3.1, 2.3.2, 2.4.1, 2.4.2, 2.4.3, 2.4.4 y 2.4.5). | La puntuación acumulada junto a las de los subapartados anteriores que pertenecen a un mismo subapartado o apartado expresamente limitado no podrá superar este. Si fuese necesario, se recortará la puntuación de este subapartado hasta que la puntuación acumulada se iguale a dicho máximo. |
5 | Número de años, meses y días de experiencia en la misma especialidad en centros públicos | |
6 | Número de petición dentro de la solicitud (preferencia del participante). |
Listados provisionales y Baremo provisional, una vez advertidos errores en la generación de los listados publicados se procede a:
- Subsanar y publicar los listados correctos, marcados con la nomenclatura [V1.1].
- Publicar el baremo de las personas excluidas y abrir a dichos aspirantes la opción de subsanación y reclamación. Marcados con la nomenclatura [Nuevo]
- Plazo: Desde el 24/02/23 a las 00:00 hasta el 13/03/23 a las 23:59 (Ampliado)
- Solicitud: Enlace de acceso (se reclama desde la última solicitud registrada)
Puntuaciones provisionales de méritos asignadas a las personas aspirantes, por cuerpo docente y especialidad, ordenadas alfabéticamente
- Cuerpo Profesores de Enseñanza Secundaria (590)
- Cuerpo Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (592)
- Cuerpo Profesores de Música y Artes Escénicas (594)
- Cuerpo Profesores de Artes Plásticas y Diseño (595)
- Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (596)
- Cuerpo de Maestros (597)
- Cuerpo Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional (598)
Listado de personas aspirantes que deben proceder a la subsanación de méritos Listado único de subsanaciones
- Se podrán presentar reclamaciones o subsanaciones en el plazo de diez días hábiles, desde el 24/02/23 a las 00:00 hasta el 09/03/23 a las 23:59 en PROFEX.
- Aquellos aspirantes que no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán definitivamente excluidos.
- Aquellas personas que no hayan acreditado correctamente tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, de acuerdo con lo establecido en la Convocatoria, para participar por la reserva de plazas por este turno, en el caso de no subsanarlo, podrán solicitar el cambio al turno libre, presentando la reclamación oportuna, y realizando el pago de las tasas correspondientes, en el caso de no haberlo hecho al realizar la solicitud de participación.
- Las personas participantes excluidas por no haber abonado las tasas correspondientes, podrán subsanarlo presentando la correspondiente reclamación, acompañada del justificante de abono de las mismas.
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