Los centros docentes bilingües o que cuenten con un programa de Sección Bilingüe serán dotados, en función de la disponibilidad presupuestaria, con, al menos, una persona auxiliar de conversación, a tiempo total o parcial, cuya lengua materna deberá ser la lengua extranjera objeto del programa. Los auxiliares beneficiarios de esta subvención son seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante un proceso de concurrencia competitiva y la Consejería de Educación y Empleo colaborará directamente en la financiación de estas actuaciones, a través de la concesión directa mediante convocatoria abierta de las subvenciones.
NORMATIVA DE REFERENCIA
- ORDEN de 2 de septiembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones otorgadas a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- ORDEN de 17 de abril de 2015 por la que se establecen las características de los centros de Educación Infantil y Primaria bilingües de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- ORDEN de 20 de abril de 2017 por la que se regula el programa de Secciones Bilingües en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se establece el procedimiento para su implantación en las diferentes etapas educativas.
ACTUACIONES CURSO 2025/26
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9
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21
Oct 2025 |