- ¿Qué se convoca?
- La orden convoca el procedimiento para la acreditación y habilitación lingüística en inglés, francés, portugués, italiano o alemán para la docencia bilingüe.
- ¿Para qué sirve la acreditación y habilitación lingüística?
- La acreditación faculta al profesorado funcionario para impartir áreas no lingüísticas en lengua extranjera en centros públicos con proyectos plurilingües.
- Para el personal interino, la acreditación será eficaz en todas las listas de espera de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
- ¿Cuál es su vigencia?
- La acreditación tiene carácter permanente, el personal docente ya habilitado no necesita solicitar una nueva habilitación al obtener nuevas especialidades, salvo que sea para una lengua extranjera diferente.
- ¿Quién puede participar?
- Pueden participar el personal docente en servicio activo en Extremadura y los integrantes de las listas de interinos.
- Los maestros de idiomas modernos también pueden acreditarse y habilitarse si cumplen los requisitos.
- ¿Qué requisitos hay que cumplir?
- Se debe acreditar un nivel B2 o superior de competencia lingüística del MCERL en la lengua extranjera.
- La habilitación se puede obtener por experiencia docente bilingüe de un curso completo o nueve meses no consecutivos .La docencia por mes completo en centros bilingües equivale a cinco horas de formación metodológica.
- Alternativamente, se puede obtener por formación metodológica en bilingüismo de al menos cincuenta horas, para quienes tengan menos experiencia docente bilingüe.
- ¿Cómo se solicita?
- Las solicitudes deben cumplimentarse mediante el modelo en el portal educativo de la Junta de Extremadura. (https://www.educarex.es/plurilinguismo/convocatoria.html)
- La solicitud electrónica debe imprimirse, firmarse y dirigirse a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional.
- El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día 26 de febrero de 2025.