Las escuelas oficiales de idiomas podrán ofertar dos modalidades de cursos según las características y necesidades del colectivo al que vayan destinados los mismos:
- cursos de iniciación, actualización y perfeccionamiento de idiomas destinado al profesorado.
- cursos de iniciación, actualización y perfeccionamiento de idiomas destinados a la población en general o a colectivos que lo demanden