Deberá participar obligatoriamente en este procedimiento el profesorado de religión con contrato laboral indefinido, que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
a) Contar con un destino provisional en la formalización de su contrato.
b) Hayan obtenido la declaración de relación laboral de carácter indefinido mediante sentencia judicial firme y no tengan destino definitivo adjudicado.
c) Reingreso procedente de la situación de excedencia voluntaria con pérdida de destino.