LISTADO PROVISIONAL DE LA ACREDITACIÓN Y HABILITACIÓN LINGÜÍSTICA EN LENGUA EXTRANJERA PARA EL DESEMPEÑO DE PUESTOS BILLINGÜES 2021.
- Las personas interesadas disponen de un plazo de diez días hábiles, para presentar ante la Secretaría General de Educación las alegaciones y subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
- El documento de subsanación de deficiencias, que se puede descargar desde el enlace indicado a continuación, será firmado, registrado y dirigido a la Secretaría General de Educación, Servicio de ordenación Académica y Planificación de Centros, Módulo 5, planta 4ª, Avenida Valhondo S/N 06800 Mérida.
- Debe consignarse el número de solicitud que figura en la primera columna de la tabla de excluidos:
CONVOCATORIA 2020/2021
Enlace solicitud. ( Plazo de diez días hábiles desde el 02/03/2021)
DECRETO DE HABILITACIÓN LINGÜÍSTICA
DECRETO 39/2014, de 18 de marzo, por el que se establecen los requisitos específicos de acreditación de la competencia lingüística en lengua extranjera para impartir áreas, materias o módulos en los programas bilingües, y se regula el procedimiento para obtener la correspondiente habilitación lingüística en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.