ACREDITACIÓN Y HABILITACIÓN LINGÜÍSTICA 2019/2020. RESOLUCIÓN PROCEDIMIENTO.


31 Jul, 2020

biligue

 Corrección de errores de la Resolución de 10 de julio de 2020, de la Consejera, por la que se resuelve el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.


 Resolución de 10 de julio de 2020, de la Consejera, por la que se resuelve el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

 


Se publican las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, para el desempeño de la docencia bilingüe en centros docentes públicos no universitarios del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Las personas interesadas disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día 15 de junio 2020, para presentar ante la Secretaría General de Educación las alegaciones y subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.

  Enlace a los listados y más información.


Resolución de 22 de abril de 2020, de la Consejera, por la que se publica la Comisión de Acreditación y Habilitación en la convocatoria para la obtención de la correspondiente habilitación y acreditación lingüística en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.


CONVOCATORIA 2019/2020

Orden de 3 de febrero de 2020 por la que se convoca el procedimiento para la obtención de la acreditación y habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

 Enlace solicitud profex.


DECRETO DE HABILITACIÓN  LINGÜÍSTICA

DECRETO 39/2014, de 18 de marzo, por el que se establecen los requisitos específicos de acreditación de la competencia lingüística en lengua extranjera para impartir áreas, materias o módulos en los programas bilingües, y se regula el procedimiento para obtener la correspondiente habilitación lingüística en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.